La pérdida de una oportunidad determinada de obtener un beneficio es indemnizable

En una sentencia del 8 de octubre de 2013, la tercera Sala de lo Civil de la corte suprema francesa ha reconocido que la pérdida de una oportunidad de obtener un beneficio puede ser determinada y ser por lo tanto indemnizable.

En ese caso, se trataba de una empresa que había consentido una promesa de venta sobre varias parcelas y una casa de vivienda a un promotor que tenía como proyecto realizar una urbanización. La promesa de venta se había rescindido por incumplimiento del que había hecho la promesa y el promotor había pedido entonces que se le indemnizara por la pérdida de la oportunidad de obtener un beneficio en la venta de la urbanización. La “Cour d’appel” de Nîmes (tribunal de apelación) en su sentencia del 3 de mayo de 2012, no había accedido a la demanda del promotor alegando que “la pérdida de una oportunidad de obtener un beneficio no constituye un prejuicio directo y determinado susceptible de indemnización”.

La corte suprema francesa anula la sentencia de la “Cour d’appel” (tribunal de apelación) y juzga simultáneamente que “la pérdida de una oportunidad de obtener un beneficio se puede considerar como un prejuicio indemnizable si hay una desaparición actual y determinada de una eventualidad favorable”.

Esta decisión es interesante en cuanto a las condiciones del reconocimiento de la pérdida de una oportunidad. En efecto, la jurisprudencia ha evolucionado recientemente sobre ese punto y la sentencia confirma este cambio.

La pérdida de una oportunidad era antes indemnizable si se reunían dos condiciones cumulativas. En primer lugar, se tenía que demostrar que la pérdida de la oportunidad era determinada. Entonces, se tenía que justificar que la oportunidad tenía una probabilidad suficiente para tener lugar (en ese sentido: Primera Sala de lo Civil de la corte suprema francesa 16 de junio de 1998, 4 de abril de 2001 y 7 de mayo de 2008).

La condición que exigía que hubiese una probabilidad suficiente para que la oportunidad perdida se realizara ha sido abandonada.

A partir de ahora, la jurisprudencia exige pues únicamente que la pérdida de la oportunidad sea determinada (Primera Sala de lo Civil de la corte suprema francesa 16 de enero de 2013).

En la sentencia que nos interesa, la “Cour de cassation” (corte suprema francesa) confirma este cambio ya que solo hace referencia al carácter determinado de la pérdida. Asimismo, el órgano jurisdiccional supremo francés no plantea objeciones respecto a que la pérdida de la oportunidad de obtener un beneficio sea calificada como determinada. Por supuesto, la corte suprema no se pronuncia sobre el importe de la indemnización…

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