RECAPITULATIVO DE LAS INDEMNIZACIONES QUE SE LE DEBEN AL VRP |
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Mode de ruptura del contrato |
Indemnizaciones debidas |
Despido del VRP |
– la indemnización de clientela [C. Laboral francés, art. L. 7313-13 y s.], – o si renuncia o no puede optar a ésta, la indemnización especial de ruptura [ANI, art. 13] que se calcula con la parte fija de la remuneración. – o si es más favorable, la indemnización convencional de despido [C. Laboral francés art. L. 7313-17] o en su defecto, la indemnización legal de despido [art. L. 1234-9], |
Jubilación forzada del VRP |
– indemnización de clientela [C. Laboral francés, art. L. 7313-13 y s.], – o si renuncia, la indemnización especial de jubilación [ANI, art. 16] que se cumula con la indemnización convencional de jubilación [ANI, art. 15] calculada con la parte fija de la remuneración, – o, en su defecto la indemnización legal de jubilación [C. Laboral francés, art. L. 1237-7]. Sin embargo, los VRP no están sujetos al ANI del 3 de octubre de 1975 pueden optar a la indemnización de jubilación prevista por el convenio colectivo del sector aplicable a su empresa. Sucede lo mismo cuando el convenio de sector prevé expresamente que los VRP se benefician de esta indemnización. |
Jubilación voluntaria del VRP |
– la indemnización convencional de jubilación del VRP si tiene más de 65 años o 60 en caso de ineptitud, – o en su defecto, la indemnización legal de jubilación voluntaria [C. Laboral francés, art. L. 1237-7], |
Ruptura convencional homologada |
la indemnización legal o convencional de despido [ANI sobre la modernización del mercado del trabajo, adenda n°4, 18 de mayo de 2009, ampliada por decreto del 26 nov. 2009, BOE francés 27 nov.] |
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